Tribunal declara inconstitucional una ley de Nueva York que exigía a empresas de reparto de comida compartir datos de clientes
Tribunal declara inconstitucional una ley de Nueva York que exigía a empresas de reparto de comida compartir datos de clientes

Un tribunal federal de apelaciones de Estados Unidos declaró este miércoles inconstitucional una ley de Nueva York que obligaba a aplicaciones de reparto a compartir datos de clientes con restaurantes, al considerar que viola la protección de la libertad de expresión de la Primera Enmienda, informó Reuters.

En un fallo 3-0, la Corte de Apelaciones del Segundo Circuito, con sede en Manhattan, sostuvo que la norma exigía a DoorDash, Grubhub y Uber Eats revelar información personal de usuarios y no solo datos sobre los servicios que prestan.

La ley requería entregar a los restaurantes nombres, direcciones de entrega, correos electrónicos, números de teléfono y el contenido de los pedidos. La ciudad la adoptó en el verano de 2021 como parte de medidas para ayudar a la recuperación del sector gastronómico tras la pandemia de COVID-19.

Los argumentos de la ciudad y de las plataformas ante el tribunal

Durante el proceso, Nueva York había defendido que la norma ayudaría a proteger a los restaurantes de “prácticas abusivas” de las plataformas y facilitaría relaciones más directas con los comensales.

Las empresas, en cambio, sostuvieron que la obligación vulneraba la privacidad, ponía en riesgo la seguridad de los datos y daba a los restaurantes herramientas para captar clientes por fuera de las aplicaciones.

El juez del circuito Richard Wesley escribió que la norma iba demasiado lejos al asumir que todos los clientes aceptaban compartir datos y al obligarlos a rechazarlo pedido por pedido. La decisión confirmó un fallo de septiembre de 2024 de la jueza federal Analisa Torres.

La ciudad de Nueva York adoptó la norma en 2021 para apuntalar la recuperación de los restaurantes tras la pandemia de COVID-19 (REUTERS/Andrew Kelly).

En el voto mayoritario, Wesley sostuvo que la información exigida por la ciudad no describía el funcionamiento del servicio de las plataformas, sino datos personales de terceros: “Se trata de datos sobre terceros que usan la plataforma, no sobre la plataforma en sí misma”.

Por consiguiente, los jueces consideraron que la norma implicaba una forma de “discurso forzado” que viola la Primera Enmienda, al obligar a las plataformas a divulgar información que de otro modo no habrían compartido.

El tribunal también desestimó el argumento de la ciudad de que el caso debía evaluarse según un estándar establecido por el fallo Zauderer, el cual permite exigir ciertas divulgaciones en la publicidad comercial siempre que sean razonables y destinadas a evitar que la información sea engañosa.

Sin embargo, la sentencia indicó que dicha doctrina no era aplicable en este caso, dado que la norma no exigía a las plataformas informar sobre las características de su propio servicio, sino revelar información sobre usuarios particulares que ya habían utilizado sus aplicaciones.

Los problemas que el tribunal identificó en la ley

La corte concluyó que la ciudad no justificó por qué necesitaba obligar a las plataformas a entregar de forma tan amplia los datos de los clientes para cumplir los objetivos que invocaba.

Para los jueces, el problema central estuvo en dos rasgos del diseño legal: el consentimiento presunto y la obligación de reiterar el rechazo en cada pedido.

Sobre ese punto, Wesley afirmó que el sistema creaba “una lista de marketing a la que ningún cliente pidió sumarse y de la que ninguno puede estar seguro de haber salido de manera permanente”, ya que el rechazo debía repetirse en cada orden.

El juez Richard Wesley afirmó que la norma imponía un discurso forzado y violaba la Primera Enmienda al exigir la divulgación de datos personales de terceros (REUTERS/Andrew Kelly).

Asimismo, Wesley señaló que existen alternativas “sustancialmente menos onerosas”, como exigir que los clientes aceptaran de forma expresa (“opt in”) el intercambio de información, una práctica que Uber Eats utiliza en algunos casos.

“La ciudad no identifica ninguna razón, y no ofrece ninguna prueba, de por qué los clientes deben repetir el mismo rechazo con cada pedido”, escribió.

De este modo, el juez otorgó un fallo a favor de DoorDash, Grubhub y Uber Eats, y dictó una orden permanente que prohibió a la ciudad hacer cumplir la ley contra esas plataformas.

Ni el departamento legal de la ciudad ni la oficina del alcalde Zohran Mamdani respondieron de inmediato a pedidos de comentarios de Reuters. Las aplicaciones de reparto y sus abogados tampoco contestaron a consultas similares.