Granada, 18 feb (EFE).- La justicia italiana ha vuelto a otorgar la custodia del hijo de Juana Rivas y Francesco Arcuri al padre en un fallo que ha ordenado a la vecina de Maracena (Granada) que devuelva al menor a Italia, una decisión que además limita su derecho a ver al niño a estancias en Cerdeña.
El fallo de la Corte de Apelación de Cagliari, de 88 páginas y al que ha tenido acceso EFE, ha destacado que la custodia del menor recae en el padre, Francesco Arcuri, quien la ejercerá “en exclusiva” y con quien debe vivir el menor.
También ha ordenado a la madre que “de inmediato” lo restituya en su lugar de residencia, en Carloforte, aunque el equipo jurídico de Juana Rivas ha insistido en que esta decisión no afecta a la medida cautelar aprobada por un juzgado en funciones de guardia y que frenó la vuelta del niño con su padre.
Este fallo se produce después de que el equipo de Aránguez Abogados que representa a la española forzase la revisión de la sentencia que concedió a Arcuri la custodia de sus hijos. El nuevo pronunciamiento judicial repasa la relación de la expareja y desde marzo de 2019 analiza las continuas denuncias de Rivas al italiano por maltratarla a ella y a sus hijos.
Incluye en ese relato que de los informes de Servicios Sociales italianos sobre los niños “no emergen datos preocupantes ni significativos” respecto a la figura paterna, lo que motivó el archivo de numerosas denuncias de la madre y permitió que el italiano mantuviese la “custodia exclusiva”. Apunta además que Rivas demostró “grandes habilidades de manipulación hacia los menores”.
El fallo también refleja que, en la audiencia celebrada el pasado 15 de noviembre de 2024, el Fiscal General anunció el archivo de las investigaciones abiertas en 2022 contra Arcuri por malos tratos a sus dos hijos y por los delitos de lesiones.
A este archivo suma que Arcuri no se opuso al viaje del menor de los dos hijos a España para pasar la Navidad con su madre y su hermano. El niño partió el 22 de diciembre y estaba previsto que regresara a Italia el 2 de enero, pero ese regreso no se ha producido.
Según el fallo, el equipo de Juana Rivas anunció que el niño no iba a volver y que la decisión no buscaba “violar las disposiciones” de la justicia italiana, sino “proteger temporalmente al menor en su domicilio de cualquier daño resultante de la convivencia paterna”.
Atendiendo a los informes, la sentencia recoge que los malos tratos que ha relatado Rivas o el peligro para los hijos de estar con su padre es el resultado de “su deseo de oscurecer la figura paterna frente a sus hijos”. También apunta que el menor de los hijos declaró el pasado 6 de diciembre su “sincero y fuerte apego” a la vida que ha tenido hasta el 22 de diciembre con su padre en Carloforte.
Con estos argumentos, la sentencia vuelve a otorgar la custodia del menor “exclusivamente” al padre y apunta que es “el único” de los dos progenitores que ha demostrado capacidad de “relación afectiva” y de educación y el que mejor puede asegurar el desarrollo de la personalidad del niño.
Recuerda además que Rivas ya fue juzgada y condenada por un delito de sustracción de menores en 2016 y añade que “parece más que probable” que pudiera repetir su comportamiento y exponer a su hijo “a un grave riesgo de daño psicológico” por separarlos de manera prolongada del padre y de su entorno socioemocional.
Por eso, limita las visitas de la madre a Cerdeña y en momentos reglados, como los fines de semana cada dos semanas, en las vacaciones de Navidad y verano.
También acuerda mantener un seguimiento al menor y realizar una nueva evaluación del niño, que recibirá apoyo psicológico si lo necesita. EFE