El Gobierno modificó uno de los requisitos para la mantención de las Pensiones No Contributivas (PNC) y asignaciones que se gestionan a través de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
La medida oficializada mediante la Resolución 918/2024, publicada en el Boletín Oficial de este lunes, tiene por objetivo fortalecer los controles respecto a las prestaciones.
¿Cuál es el nuevo requisito para tramitar la Pensión No Contributiva y asignaciones?
El considerando regula el requisito de residencia en la Argentina para obtener o percibir alguna de los beneficios mencionados. “La persona titular o generadora de derecho, según corresponda, no cumple con dicho requisito cuando se haya ausentado del territorio de la República Argentina por un período superior al de 90 días corridos”, planteó la normativa.
“Se utilizará la información obrante en las distintas bases de datos de la ANSES y aquella remitida por la Dirección Nacional de Migraciones, en el marco de los convenios vigentes entre ambos organismos”, se detalló en la resolución.
¿Qué pasa si no comprueban mi residencia?
En caso de verificar el incumplimiento del requisito de residencia, se procederá a la suspensión del beneficio. Será hasta que la persona titular solicite la activación del mismo y se “demuestre fehacientemente que se encuentra nuevamente residiendo en el país”.
La excepción es “cuando se trate de prestaciones respecto de las cuales, dicho incumplimiento, implique la pérdida de derecho, en cuyo caso se procederá a la baja de las mismas”.
¿En qué otros casos aplica la pérdida de la pensión?
La suspensión también aplica para quienes cobren la bonificación por zona austral, por lo que se aclara su situación residencial se procederá a la baja de la misma.
Se deberá solicitar y “probar el derecho a la misma para ser abonada nuevamente”. El Ejecutivo alegó que “si bien algunas de estas prestaciones establecen, en sus normas reglamentarias y aclaratorias, un lapso específico para determinar el cumplimiento de dicha exigencia, en aquellas en donde no se prescribe el mismo, deviene necesario disponer un plazo razonable que se adecue con el requisito de residencia en el país, cuando se produzca la ausencia del territorio de la República Argentina”.
Por lo tanto, la ANSES “deberá implementar sistemas administrativos y contables que permitan un adecuado control de la gestión económico-financiera y prestacional, debiendo presentar, anualmente al Poder Ejecutivo Nacional para su aprobación, su memoria y estado contable”.
La modificación se da en el contexto de un proceso de fiscalización y auditoría de las asignaciones y prestaciones de la seguridad social que se liquidan mediante la ANSES.