La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) avanzó este martes con cambios al régimen de blanqueo de capitales que la entidad mantiene vigente para regularizar activos o bienes.

Lo hizo a través de la Resolución 5573 publicada en el Boletín Oficial bajo la firma de Florencia Misrahi, titular de la entidad, en la cual se establecen tres aclaraciones para quienes ingresen al blanqueo.

Estas son clave a pocos días del cierre de la etapa 1 del régimen, la cual ofrece los beneficios más amplios, con la posibilidad de blanquear hasta u$s 100.000 en efectivo sin pagar multa y con las alícuotas más bajas para quienes corresponda. Se podrá acceder a esta hasta el 30 de septiembre, aunque existe la posibilidad de que AFIP prorrogue esta etapa inicial.

Cambia el blanqueo: las tres aclaraciones que introdujo AFIP

En este escenario, la entidad compartió una serie de aclaraciones que afectan a los monotributistas que ingresan al régimen, a quienes blanquean bienes en el exterior y a quienes tienen procesos judiciales en curso: los detalles.  

Procesos judiciales en curso

El blanqueo de capitales libera del pago de los impuestos “que se hubieran omitido ingresar” originados en los bienes regularizados, al igual que de las “obligaciones accesorias” derivadas de esto.

Esta liberación alcanza “a cualquier bien o tenencia que se hubiera poseído con anterioridad al 31 de diciembre de 2023 y que no se hubiera declarado”, incluyendo también a “las obligaciones que se encuentren en curso de discusión administrativa, contencioso administrativa o judicial en los ámbitos penal tributario, penal cambiario y aduanero”.

Esto aplica a todas las sentencias que no estuviesen firmes a la fecha de entrada en vigencia del paquete fiscal que dispuso el blanqueo y que estén vinculadas “con los bienes, créditos y tenencias del contribuyente al 31 de diciembre de 2023 que fueren regularizados y en la medida de ellos”.

En base a esto, hoy la AFIP estableció “el procedimiento que deben observar los sujetos que adhieran al Régimen a los fines de gozar de las liberaciones” de los impuestos correspondientes.

Particularmente, AFIP aclaró qué es lo que considera como una “obligación en discusión administrativa”. La entidad entiende que esto se da “cuando la pretensión fiscal haya sido puesta en conocimiento del contribuyente mediante la notificación de la denominada “prevista” o a través de actas de inducción al régimen”.

En estos casos, los contribuyentes deberán “allanarse y/o desistir incondicionalmente, tanto en sede administrativa como judicial, de las acciones y los reclamos y recursos en trámite, así como renunciar a toda acción y derecho -incluso el de repetición-, por los conceptos y montos por los que se formule la adhesión, asumiendo el pago de las costas y los gastos causídicos”, suma AFIP.

Para ello, es preciso presentar a través del sitio oficial de AFIP el formulario de declaración jurada N° 408/PD. Su ingreso debe realizarse a través del servicio con Clave Fiscal denominado “Presentaciones Digitales”, seleccionando el trámite “Presentación F.408 – Allanamiento o Desistimiento”.

Aclaración clave para los monotributistas que adhieran al blanqueo

Por otro lado, en cuanto a esta liberación sobre el pago de impuestos, AFIP también compartió una aclaración clave para todos los inscriptos al Régimen del Monotributo que ingresen al blanqueo.

Ahora, las tenencias declaradas en el blanqueo por los monotributistas “no deberán ser tenidas en cuenta como antecedente a los fines de la exclusión o recategorización del pequeño contribuyente declarante respecto de los períodos anteriores a dicha declaración”.

Traducción

Finalmente, la AFIP dispuso para todos los bienes y capitales blanqueados desde el exterior la posibilidad de solicitar una traducción oficial al español “de las constancias y/o documentación respaldatoria de la titularidad y valuación de los bienes del exterior”.

Según la medida, esta solicitud a requerimiento de AFIP busca “facilitar a los contribuyentes y/o responsables el cumplimiento de sus obligaciones tributarias”.

Por Prensa Pura Digital

DIARIO DE VILLA LA ANGOSTURA Y REGIÓN DE LOS LAGOS. NEUQUÉN.