La Municipalidad de Villa La Angostura, a través de la Secretaría de Planeamiento, Ambiente y Obras Públicas, informa a la comunidad que, mediante la Resolución N.° 1247/2025, se establece la obligatoriedad de constituir un domicilio electrónico para todas las gestiones administrativas que se realicen ante esta Secretaría. Esta medida tiene como objetivo modernizar y agilizar los trámites, permitiendo una comunicación más eficiente y segura entre el Municipio y los vecinos, profesionales y representantes legales. ¿Qué implica esta resolución?Todas las notificaciones y comunicaciones oficiales vinculadas a expedientes, notas o gestiones deberán canalizarse a través del domicilio electrónico declarado.El domicilio electrónico tendrá validez legal frente a la Municipalidad y el Tribunal Municipal de Faltas.La constitución de domicilio electrónico deberá realizarse al iniciar cualquier gestión administrativa. Modelos disponiblesSe adjuntan modelos de nota para la constitución del domicilio electrónico, los cuales deberán ser completados y presentados por la comunidad, titulares de lotes y/o profesionales intervinientes, de acuerdo con el tipo de trámite que realicen. VigenciaLa obligatoriedad de constituir domicilio electrónico entrará en vigor a partir del lunes 22 de septiembre de 2025, manteniéndose vigente hasta tanto se disponga lo contrario. Navegación de entradasEntrega de Semillas, Abono o plantines, por la llegada de la Primavera en Villa La Angostura La Municipalidad de Villa La Angostura, a través de la Secretaría de Planeamiento,Ambiente y Obra Pública, recuerda a la comunidad la importancia de respetar las franjas de restricción constructiva en torno a lagos, ríos, arroyos y lagunas.