La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la comercialización en todo el territorio argentino de una serie de aceites de oliva. Estas decisiones fueron tomadas luego de comprobar que algunos artículos no cumplían con los requisitos sanitarios establecidos, poniendo en riesgo la salud pública.
A través de la disposición 1275/2025, publicada hoy en el Boletín Oficial, la administración ordenó la retirada de un lote de productos alimenticios por no cumplir con las normativas vigentes.
“Prohíbese la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en plataformas de venta en línea de los productos rotulados como: ‘Aceite de oliva – marca Amada Terra Mía, Calidad Superior; RNE N° 02035449; RNPA N° 02700480″ y “Aceite de oliva – marca Amada Terra Mía, Calidad Superior; RNE N° 13005560; RNPA N° 025-13033228′ en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por carecer de registros sanitarios de establecimiento y producto, y por estar falsamente rotulados al exhibir en su rótulo números de RNPA y RNE pertenecientes a otros productos y establecimientos, resultando ser en consecuencia productos ilegales”, indicó.
Estos fueron identificados como riesgosos debido a la falta de los registros necesarios y a irregularidades en su etiquetado. En este caso, la empresa afectada fue notificada, y se procedió a la cancelación de la autorización para comercializarlos a nivel nacional.
En tanto, la disposición 1276/2025, prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional, y en plataformas de venta en línea, de los productos: “Aceite de oliva extra virgen, Fuerte, marca Verona, RNE N° 13000978, RNPA N° 13014197-3″; “Aceite de oliva extra virgen, Intenso, marca Verona, RNE N° 13006301, RNPA N° 13014199-3″; “Aceite de uva, marca Verona, Origen Los Tilos 250, Palmira Mendoza, Argentina, RNE N° 13006301, RNPA N° 13014198-3″; y “Aceite de oliva virgen, marca Bianca, RNE N° 13006315, RNPA N° 13014203-3″ en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por carecer de registros de establecimiento y de producto, y por estar falsamente rotulado al exhibir en sus rótulos números de RNE dados de baja y números de RNPA inexistentes, resultando ser en consecuencia productos ilegales.
La prohibición se estableció luego de que la Dirección de Nutrición e Higiene de los Alimentos de Mendoza realizara una inspección en el domicilio que figura en el rótulo del producto ACEITE DE UVA marca “VERONA”, situado en la localidad de Palmira, en el cual no se encontró ninguna fábrica.
“Por tratarse de productos que no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado, no podrán ser elaborados en ninguna parte del país, ni comercializados ni expendidos en el territorio de la República Argentina de acuerdo a lo normado por el Artículo 9°, inciso II de la Ley N° 18284″, justificaron.
El Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INALL argumentó que la medida protege la salud de los ciudadanos, dado que al carecer de registros no se puede establecer su condición de elaboración, su calidad ni garantizar sus adecuados niveles de control.
Además, la Anmat prohibió a través de la disposición 1277/2025 una serie de dispositivos médicos importados, ya que no estaban registrados ni certificados. Esta medida se tomó para evitar posibles complicaciones sanitarias y garantizar la seguridad de los pacientes que pudieran haber adquirido dichos productos.
Para los consumidores, es fundamental reconocer los productos prohibidos y evitar su adquisición. Los artículos alimenticios afectados pueden tener etiquetados erróneos, mientras que los dispositivos médicos, en su mayoría, no cuentan con los sellos de registro obligatorios. La Anmat también recomienda consultar su página web para obtener detalles específicos sobre los productos prohibidos.