El Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS), agencia federal que depende del Departamento de Seguridad Nacional de Estados Unidos (DHS), implementará, a partir del 29 de mayo de 2026, una norma provisional que establece sanciones inmediatas para quienes incumplan con el pago de la cuota anual obligatoria de asilo, la cual debe abonarse cada año calendario mientras la solicitud de asilo permanezca pendiente.Estas sanciones se implementaron en cumplimiento de la Ley de Reconciliación HR 1 que introdujo tarifas destinadas a incrementar la financiación de las operaciones de control migratorio y a garantizar que los extranjeros cubran el costo de los servicios de inmigración.En este contexto, el cumplimiento del pago anual resulta imprescindible para quienes desean mantener abierta su solicitud de asilo, conservar los beneficios laborales asociados y evitar la expulsión del país.Sanciones ante la falta de pago y nuevas disposicionesSegún la normativa publicada por el USCIS, quienes no abonen la Annual Asylum Fee (Tarifa Anual de Asilo) dentro de los 30 días posteriores a la notificación perderán el derecho a continuar con su solicitud de asilo.En consecuencia, el USCIS procederá al rechazo inmediato de la solicitud pendiente. Si la persona no dispone de estatus legal en el país, la agencia iniciará el proceso de remoción del país.A su vez, el rechazo de la solicitud de asilo genera otras consecuencias. Toda persona que haya obtenido autorización de empleo a partir de una solicitud de asilo pendiente perderá ese beneficio en el mismo momento en que la solicitud sea rechazada.No obstante, esta disposición no afecta únicamente a quienes ya cuentan con un permiso laboral, sino también a quienes esperan una resolución sobre su petición. Cualquier trámite de permiso de trabajo en curso vinculado a la solicitud de asilo rechazada será denegado automáticamente. La normativa también establece modificaciones para los beneficiarios del Estatus de Protección Temporal (TPS). El permiso de trabajo para quienes obtienen este estatus se limitará a un año o al periodo restante de la designación TPS, según cuál sea menor.Por otro lado, el USCIS señaló que, si el formulario I-589 (solicitud de asilo) es rechazado por errores en la presentación, la tarifa abonada no será reembolsada. Además, se fija una tarifa mínima de USD 24 para la presentación del formulario I-102, utilizado para solicitar la expedición o el reemplazo del Documento de Llegada y Salida Inicial para No Inmigrantes.Tarifas vigentes para solicitudes de asilo y permisos asociadosEl año pasado, el USCIS comunicó un incremento en las tarifas de distintos trámites migratorios, vigente desde principios de este año. Por consiguiente, para mantener activa una solicitud de asilo, los solicitantes deben abonar una cuota anual de USD 102.El costo inicial por la presentación del formulario I-589, requisito para iniciar el trámite de asilo, es de USD 100. Quienes soliciten autorización de empleo vinculada al asilo deben pagar USD 560 por el permiso inicial y USD 275 por cada renovación o extensión.Todos estos montos deben abonarse conforme a la normativa vigente para que los trámites sean aceptados y procesados por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos.Calendario de implementación y periodo de comentarios públicosEl Departamento de Seguridad Nacional de Estados Unidos (DHS) fijó el 29 de mayo de 2026 como fecha de entrada en vigor de todas estas disposiciones. A partir de ese día, cualquier solicitud de asilo o trámite migratorio asociado que no cumpla con los pagos requeridos será rechazado automáticamente.La agencia también abrió un periodo de comentarios públicos, que se extenderá hasta el 29 de junio de 2026, para recibir aportes y observaciones de organizaciones y personas interesadas. Navegación de entradasPanamá vigila a El Niño: la presencia del fenómeno atmosférico se pronostica en un 85% Milei avanza con el cierre de oficinas del Banco Central en el interior y crece la tensión con bancarios