La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), que llegó en reemplazo de la Agencia Federal de Ingresos Públicos (AFIP), estableció los montos que deberán pagar los monotributistas a partir de diciembre. 

Desde que el Gobierno definió la sustitución del organismo, ARCA se encargó de las gestiones administrativas y de control sobre las responsabilidades fiscales de los contribuyentes, incluido el pago mensual del monotributo.

ARCA estableció los nuevos montos del monotributo: cuánto pagarán en diciembre 

El pasado agosto, la ex AFIP actualizó los topes de las cuotas que se pagarán por el monotributo. Es decir, se determinaron los montos que corresponden a cada una de las categorías y cuáles son los límites de facturación para ingresar al régimen.

En este marco, los contribuyentes deberán abonar desde $ 3.000 hasta $ 735.000, según la escala en la que se encuentre su servicio o comercio. 

En diciembre, los montos del monotributo son: 

  • Categoría A: $ 3000
  • Categoría B: $ 5700
  • Categoría C: $ 9800 (servicios) y $ 9000 (comercio)
  • Categoría D: $ 16.000 (servicios) y $ 14.900 (comercio)
  • Categoría E: $ 30.000 (servicios) y $ 23.800 (comercio)
  • Categoría F: $ 42.200 (servicios) y $ 31.000 (comercio)
  • Categoría G: $ 76.800 (servicios) y $ 38.400 (comercio)
  • Categoría H: $ 220.000 (servicios) y $ 110.000 (comercio)
  • Categoría I: $ 175.000 (comercio) y $ 437.500 (servicios)
  • Categoría J: $ 210.000 (comercio) y $ 525.000 (servicios)
  • Categoría K: $ 245.000 (comercio) y $ 735.000 (servicios)

Monotributo: cuáles son las nuevas escalas de diciembre 

Los nuevos topes de facturación anual del monotributo quedaron de la siguiente manera:

  • Categoría A: $ 6.450.000
  • Categoría B: $ 9.450.000
  • Categoría C: $ 13.250.000
  • Categoría D: $ 16.450.000
  • Categoría E: $ 19.350.000
  • Categoría F: $ 24.250.000
  • Categoría G: $ 29.000.000
  • Categoría H: $ 44.000.000
  • Categoría I: $ 49.250.000
  • Categoría J: $ 56.400.000
  • Categoría K: $ 68.000.000

ARCA definió cuándo prescriben las deudas impositivas

De acuerdo a lo establecido por el Gobierno, en Argentina las deudas impositivas prescriben después de los cinco años.

Sin embargo, el período comienza a correr desde el 1° de enero del año siguiente al vencimiento del pago:

  • Por ejemplo, en el caso de que la deuda venza en junio de 2024, el plazo para la prescripción de la deuda correrá desde enero de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2029.

Vale destacar que de igual manera existen excepciones: para los contribuyentes no inscriptos en ARCA el plazo se extenderá a diez años; mientras que a los monotributistas se les suele aplicar medidas de cobro previas.

Por Prensa Pura Digital

DIARIO DE VILLA LA ANGOSTURA Y REGIÓN DE LOS LAGOS. NEUQUÉN.