![Cárcel de mujeres de Bouwer (Gobierno de Córdoba)](https://www.infobae.com/resizer/v2/HIR4SZHVCJAKZFPADTXM3H3HNY.jpg?auth=46cc0de3e406ba8912a2652152acefa5a6dee34ccbb88e122b9e8cfc4bb651e0&smart=true&width=1980&height=1080)
La Fiscalía de Delitos contra la Integridad Sexual de Segundo Turno de Córdoba imputó este miércoles a Gabriela Fernández, también conocida como “Gaby”, por el delito de abuso sexual contra otras internas del penal de mujeres de Bouwer. El caso tomó relevancia y se volvió polémico tiempo atrás, al conocerse que la acusada había solicitado el traslado a la cárcel de mujeres por autopercibirse de dicho género, habiendo ingresado bajo el sexo masculino. Estando allí, abusó de una interna y la dejó embarazada.
Según informó el diario La Voz, el Ministerio Público Fiscal, en el último tiempo “Gaby” acumuló una serie de acusaciones en su contra por situaciones de abuso. Además, señaló que la identidad de género en este caso está siendo evaluada en el marco de la causa.
Gabriela ingresó a prisión por primera vez en octubre de 2016, cuando aún se identificaba como Gabriel. Un año después, la Justicia dictó su condena a tres años de cárcel por los delitos de lesiones leves calificadas y privación de la libertad calificada. Pero en noviembre de 2018, el recluso dijo autopercibirse mujer, cambió su identidad de género y pidió ser trasladada al sector femenino del penal de Bouwer. Además, rechazó las condenas por violencia de género por no ser compatibles con el género al que actualmente estaba arraigada.
Desde ese entonces fue reconocida como Gabriela Nahir Fernández. Mientras cumplía la condena, en abril de 2019, se le imputó otro delito en perjuicio de una mujer, que incluyó privación ilegítima de la libertad, lesiones leves y amenazas; aunque poco después, obtuvo la libertad condicional.
Hacia fines de ese mismo año, una nueva denuncia cayó en su contra; sin embargo, el caso fue archivado, al igual que otra acusación similar hecha por una ex pareja a finales de 2022. Un año después, ya en libertad, volvió a ser denunciada por privación ilegítima de la libertad, amenazas y lesiones leves calificadas. Al poco tiempo se sumó una nueva acusación por violación de domicilio, coacción y desobediencia, lo que llevó a la Justicia a ordenar su detención. Finalmente, en 2024 le dictaron prisión preventiva.
En ese momento salió a la luz el abuso cometido contra una compañera con quien estaba alojada en el anexo Sala A del Establecimiento Penitenciario Nº 3. Tras acumular sanciones disciplinarias, las autoridades dispusieron su traslado a otro penal con el objetivo de resguardar a la víctima.
Este episodio provocó una rápida respuesta por parte del Gobierno y desató varias repercusiones, como fue el caso de la ministra de Seguridad Nacional, Patricia Bullrich, quien señaló en sus redes: “No podemos dejar que nos engañen para repetir el delito que cometieron en la calle”.
El tema escaló cuando se conoció que “Guille” Cantero —el líder de la banda de Los Monos condenado por narcotráfico y otros delitos— había presentado 10 habeas corpus, entre ellos uno en el que se declaraba bisexual y poliamoroso para recibir la visita de dos supuestos novios y una novia. La situación generó también la reacción del presidente, Javier Milei, que en ese entonces prohibió este tipo de solicitudes. “Sólo en un país cuyos valores han sido profundamente trastocados puede permitirse semejante barbaridad. Con nosotros esta estupidez se termina. Vamos a prohibirlo, los delincuentes no van a poder solicitar un cambio de penal bajo el paraguas de la identidad de género”, afirmaba el jefe de Estado durante un discurso.
También aseguró la existencia de otros casos como este, donde los convictos argumentan autopercibirse del género femenino “ya sea para aprovecharse de las reclusas o para continuar con sus negociados desde condiciones más laxas”.
En las últimas horas, el Gobierno oficializó la eliminación de traspasos de cárcel para los reclusos que cambien de género. “La administración penitenciaria asignará, dentro de su misma jurisdicción, el lugar de alojamiento, reubicación o traslado de la persona privada de la libertad en función del sexo que la persona registre, en los términos de la Ley N° 26.743, al momento del hecho por el cual se ordenó su detención”, detalla el Decreto 61/2025 publicado en el Boletín Oficial.
En el cuerpo de la publicación se aclaró que la autoridad competente de cada establecimiento penitenciario “deberá denegar cualquier solicitud de reubicación o de traslado dentro de la misma jurisdicción, a la persona que con posteridad al hecho por el cual se ordenó su detención inicie el procedimiento de rectificación registral del sexo, del nombre de pila y de la imagen previsto en la Ley N° 26.743”.