En España, el acceso a los medicamentos está regulado por un sistema de precios subvencionados, lo que significa que los ciudadanos no pagan el costo total de los fármacos en las farmacias. Según la normativa vigente, el Estado cubre al menos un 40% del precio de los medicamentos, dependiendo de la situación económica y de salud del paciente. Este sistema es gestionado por la Comisión Interministerial de Precios de Medicamentos, que establece los costos basándose en criterios como la gravedad de la enfermedad, la innovación del fármaco y la existencia de terapias alternativas.
La Ley de Garantías y Uso Racional de los Medicamentos y Productos Sanitarios es la que define los parámetros para la fijación de precios. Cada año, el Ministerio de Sanidad emite una orden para actualizar los precios de referencia, ajustándolos a la baja y creando nuevos conjuntos de precios. La aportación del paciente al costo de los medicamentos se determina según su renta, edad y grado de enfermedad, con tres tramos de contribución que van del 0 al 60%.
Existen excepciones a estos tramos de contribución. Según la ley, están exentas de pagar los medicamentos las personas afectadas por el síndrome tóxico, aquellas con discapacidad reconocida, los perceptores de rentas de integración social, los beneficiarios de pensiones no contributivas, los parados sin derecho a subsidio de desempleo, y quienes reciben tratamientos derivados de accidentes laborales o enfermedades profesionales.
También están exentas las personas que reciben el ingreso mínimo vital, los menores de edad con una discapacidad igual o superior al 33%, y los pensionistas de la Seguridad Social con una renta inferior a 5.635 euros.
¿Y el pago de los medicamentos crónicos?
Se entiende por tratamientos crónicos aquellos que continúan durante un periodo de tiempo prolongado, de tres meses o más, normalmente para tratar un dolor o enfermedad crónica. Las enfermedades crónicas casi siempre se presentan en adultos mayores y a menudo se controlan, pero no se curan. Los tipos más comunes de enfermedades crónicas son el cáncer, la cardiopatía, el accidente cerebrovascular, la diabetes y la artritis.
Los pacientes con tratamientos crónicos tienen una aportación reducida del 10% en esos medicamentos y productos sanitarios, con un límite máximo mensual que se actualiza cada año según el IPC. Así, la Seguridad Social se haría cargo del 90% del pago de este tipo de fármacos. Sin embargo, si necesitan tratarse cualquier otro tipo de afección no relacionada con su enfermedad crónica, el porcentaje de pago puede ser distinto y dependerá, de nuevo, de la edad y del rango salarial.
El Gobierno cubre el 90% del pago de varios medicamentos dentro del grupo ATC (Anatomical Therapeutic Chemical), es decir, los fármacos químicos para tratameintos terapéuticos crónicos. Se incluyen cientos de medicamentos dentro de esta excepción de pago, que se dividen en los siguientes grupos:
- Tratamientos para el aparato digestivo y metabolismo.
- Sangre y órganos hematopoyéticos.
- Tratamientos para el istema cardiovascular.
- Tratamientos dermatológicos.
- Tratamientos para el sistema genitourinario y hormonoas sexuales.
- Preparados hormonales sistémicos, excluyendo hormonas sexuales e insulinas.
- Antiinfecciosos para usos sistémico.
- Agentes antineoplásicos e inmunomoduladores.
- Tratamientos del sistema musculoesquelético.
- Tratamientos del sistema nervioso.
- Productos antiparasitarios, insecticidas y repelentes.
- Tratamientos del sistema respiratorio.