Luego del anuncio del reemplazo de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) por la Agencia Recaudadora y Control Aduanero (ARCA), el Gobierno implementó un cambio importante que impactará en los monotributistas a partir del próximo 1 de diciembre.
Se trata del Decreto 955/24, que establece la creación de un nuevo Registro de Agentes del Seguro de Salud para Pequeños Contribuyentes.
Esta modificación permitirá a los monotributistas elegir su obra social entre las opciones registradas en ese régimen.
Obras sociales: estos son los 3 cambios para los monotributistas a tener en cuenta
Hasta ahora, los contribuyentes cuentan con una cobertura de salud financiada a través de una porción de sus aportes mensuales, que varían según la categoría del monotributo.
Con la reciente normativa, las personas inscriptas deberán seleccionar su cobertura de salud dentro de las opciones inscritas en el nuevo registro.
En tanto, aquellas obras sociales y prepagas que deseen ofrecer servicios a monotributistas deberán inscribirse en el Registro de Agentes del Seguro de Salud.
Esto quiere decir que, a partir del próximo mes, los monotributistas solo podrán acceder a servicios de salud de aquellas instituciones inscritas en el nuevo registro.
A su vez, implica que la afiliación a una obra social o prepaga tendrá una duración de solo un año. Finalizado ese período, se tendrá que renovar la cobertura o cambiar de opción.
Una segunda modificación incluye un acceso gradual a los beneficios de salud mediante el Programa Médico Obligatorio de Emergencia (PMOE). Esta iniciativa permitirá a los monotributistas y a sus familiares acceder a mayores niveles de cobertura después de seis meses de afiliación.
Por último, la Superintendencia de Servicios de Salud permitirá a los titulares del régimen simplificado elegir su propia cobertura a la vez que controlará que las obras sociales que brindan el servicio “no se encuentren en situación de crisis” y cumplan con los estándares de calidad y transparencia.