En Colombia la práctica de decorar vehículos para Halloween ha ganado popularidad, pero los conductores deben estar atentos a las regulaciones para evitar sanciones.
La abogada Camila Pulgarín, del Centro Jurídico Internacional explicó, en conversaciones con Blu Radio, que, aunque no hay una prohibición específica sobre adornar autos durante estas festividades, el Código Nacional de Tránsito Terrestre establece ciertas normas que deben respetarse.
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Un aspecto crucial es la visibilidad del conductor, que no debe verse afectada por decoraciones o modificaciones. El artículo 130 del código prohíbe cualquier adorno que comprometa la visibilidad, incluyendo vidrios polarizados o tintados sin autorización. Las infracciones a estas normas pueden resultar en multas para los conductores.
Además, cualquier cambio en el color predominante del vehículo requiere autorización previa y registro ante la Policía de Tránsito. La falta de cumplimiento puede acarrear multas de hasta ocho salarios mínimos legales diarios vigentes, $346.664, e incluso la inmovilización del vehículo en casos de modificaciones no autorizadas.
Las decoraciones que no alteren el color predominante ni cubran elementos esenciales, como las placas, suelen ser permitidas. Las calcomanías y luces de Halloween son comunes y no están específicamente prohibidas, siempre que no infrinjan las normas de visibilidad y seguridad. Decoraciones menores, como telarañas en vinilo o figuras que no obstruyan la visibilidad, son generalmente aceptables.
Es fundamental no alterar los números de identificación del vehículo ni sus placas, ya que esto podría ser severamente sancionado. La abogada Pulgarín enfatizó la importancia de cumplir con estas regulaciones para disfrutar de las festividades sin contratiempos legales.