Los jubilados y pensionados de la Provincia de Buenos Aires que cumplan con una serie de condiciones podrán dejar de pagar el Impuesto Inmobiliario Urbano . 

Este beneficio, impulsado por la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA), impactará y aliviará la carga fiscal de más de 40.000 adultos mayores. 

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Impuesto inmobiliario ARBA: los jubilados que estarán exentos

 El gobierno de la Provincia de Buenos Aires, bajo la dirección de Axel Kicillof, destacó que esta medida forma parte de las políticas que buscan “proteger a los sectores más vulnerables”.   

“Mientras el gobierno de Milei avanza con ajustes que perjudican a los sectores vulnerables, en la Provincia defendemos los derechos de nuestras jubiladas y jubilados con medidas concretas como la exención del Impuesto Inmobiliario.”, compartió el Director Ejecutivo de ARBA, Cristian Girard.

Atención jubilados: cómo hacer el trámite para dejar de pagar el impuesto inmobiliario

Con esta medida, la gestión provincial busca reducir la carga fiscal de los adultos mayores.

¿Cuáles son los requisitos para no pagar el impuesto inmobiliario?

Los jubilados y pensionados que quieran dejar de pagar el Impuesto Inmobiliario deberán cumplir con ciertos criterios estipulados en el Código Fiscal de la provincia. Estos son: 

  •   Ser titular de un único inmueble edificado, destinado a vivienda familiar.  
  • La valuación fiscal del inmueble no debe superar los $ 6.000.000 en 2024.

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¿Cómo hacer el trámite para dejar de el impuesto inmobiliario de ARBA?

1. Iniciar el trámite online

Los beneficiarios deberán ingresar al portal oficial de ARBA para iniciar el proceso:

  • Acceder a ARBA.
  • Ingresar con el CUIT y la Clave de Identificación Tributaria (CIT).

2. Completar la solicitud

Una vez dentro del sistema, es necesario completar el formulario con los datos solicitados para la exención.

Podrán aplicar a la exención del impuesto los adultos mayores que cumplan con todos los requisitos.

3. Documentación requerida

Para poder completar el trámite, los jubilados deberán contar con la siguiente documentación:

  • DNI del solicitante.
  • Escritura del inmueble que se desea eximir.
  • Comprobante de cobro de jubilación o pensión.
  • Histórico de haberes emitido por ANSES o IPS (Instituto de Previsión Social).

Para personas casadas o viudas:

  • Si el solicitante está casado, deberá adjuntar el certificado de matrimonio.
  • En caso de ser viudo/a, se deberá incluir el certificado de defunción del cónyuge.

4. Entrega de documentación

Luego de que la documentación coincida con lo requerido, el solicitante deberá presentarse en el Centro de Servicios de ARBA más cercano para completar el trámite de manera presencial.

5. Finalización del trámite

Posteriormente, ARBA evaluará la solicitud y notificará al solicitante sobre la resolución del trámite.

Por Prensa Pura Digital

DIARIO DE VILLA LA ANGOSTURA Y REGIÓN DE LOS LAGOS. NEUQUÉN.