Con la promesa de la dolarización diluida y las dudas sobre el levantamiento del cepo frente a la perdida de reservas del Banco Central de la República Argentina (BCRA) en medio de la “fase 2”, el ministro de Economía, Luis Caputo destacó la posibilidad de realizar facturas en dólares. ¿Cómo hacer esta operación?

“Hoy podemos comprar en dólares, te pueden hacer facturas en dólares. No hay necesidad de pasar por el Congreso, es absolutamente legal”, afirmó Caputo durante el primer streaming del Ministerio de Economía junto con el socio del Departamento de Impuestos de Bruchou & Funes de Rioja, Liban Kusa.

Una posibilidad que, según confesó el ministro no sabía el productor de motos “más importante de la Argentina” para quien saberlo significó un cambio en las reglas de juego, pero que no es una novedad propia de este Gobierno.

“Se puede facturar en dólares, nunca fue un problema salvo en un periodo del Gobierno de Cristina Fernández de Kirchner en donde hubo una cuestión operativa”, aseguró el socio del Departamento de Impuestos de Lisicki, Litvin & Asociados, Martín Caranta.

Aunque remarcó que el decreto 70/2023 que emitió el Gobierno en diciembre pasado modificó el artículo 765 Código Civil y Comercial. “Ahora el deudor solo se libera si entrega las cantidades comprometidas de la moneda pactada. Si pactaste dólares te tienen que dar dólares”, afirmó.

Una situación sobre la que comentó el CEO de SDC Asesores Tributarios, Sebastián Domínguez, quien destacó que antes del decreto si una factura se emitía en dólares, el deudor podía pagarla en esa moneda, pero también llegar a hacerlo en pesos por conversión al oficial.

A qué tipo de cambio se factura

Respecto al tipo de cambio utilizado al momento de facturar, comentó sobre otra posibilidad que dio la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) en enero de 2023, tras una reunión con la Asociación de Concesionarios de Automotores de la República Argentina (ACARA),

“El organismo dio por válido facturar en dólares a un tipo de cambio no oficial como el MEP y que el cliente pague en pesos. Podes emitir una factura de u$s 1.000 con un tipo de cambio a los efectos impositivos de $ 1.287,06 (cotización del MEP a las 11:19) y que se pague en pesos”, ejemplificó.

“Muchos empresarios facturan en dólares, aunque después les cancelen en pesos para mantener a lo largo del tiempo el valor de la moneda”, reveló Caranta siendo una situación que se daba -en mayor medida- en contexto de alta inflación como el 25,5% de diciembre pasado.

Para el contador Marcos Felice la declaración del ministro Caputo sobre esta posibilidad se encuentra relacionado al anticipo que dio junto con Felipe Núñez el viernes pasado. “Va atado al anuncio de habilitar tarjetas de débito en dólares para poder cancelar esas facturas directamente en esa moneda. O sea que se pueda comercializar y que sea posible pagar en pesos o en dólares según lo que se acuerde entre las partes”, comentó.

¿Cómo hacer facturas en dólares?

Los especialistas consultados por este medio destacaron que la posibilidad de facturar en una moneda distinta al peso está vigente tanto para quienes integran el Régimen Simplificado de Pequeños Contribuyentes como los responsables inscriptos.

“La AFIP tiene un facturador “comprobantes en línea” en donde se completa con la fecha, los datos, en qué moneda extranjera desea. Lo único que te identifica es el equivalente de cuántos pesos son, algo para tener en cuenta por ejemplo si sos monotributista y te tenés que recategorizar”, destacó Caranta.

De esta manera, el contribuyente cuenta con la posibilidad de facturar en dólares ante la AFIP, pero a los efectos de calcular su obligación ante el Impuesto al Valor Agregado (IVA) se convierte a pesos al tipo de cambio oficial.

Por Prensa Pura Digital

DIARIO DE VILLA LA ANGOSTURA Y REGIÓN DE LOS LAGOS. NEUQUÉN.