La filial sanjuanina del Sindicato de Comercio anunció el cambio en la fecha de celebración del Día del Empleado de Comercio en el territorio provincial pautada para el próximo jueves 26 de septiembre a nivel nacional.

La modificación al lunes 23, según informó el portal local Diario de Cuyo, responderá al cumplimiento de ejecutar las actividades conmemorativas el cuarto día lunes del mes, tal como lo estipula la Ley N° 26.541 sancionada en 2009. La normativa se encuentra ratificada por el Convenio Colectivo de Trabajo (CCT).

¿Cómo funcionarán los negocios, shopping y puntos de venta?

El artículo 2° del texto sancionado y promulgado en 2009 establece que durante la conmemoración por el Día del Empleado de Comercio los trabajadores mercantiles “no prestarán labores, asimilándose el mismo a los feriados nacionales a todos los efectos legales”.

De esta forma (con la excepción momentánea de San Juan), el jueves 26 se prevé el cierre o reducción de la actividad en shopping, centros comerciales y puntos de venta de todo el país.

¿Cómo se paga el Día del Empleado de Comercio?

Los empleados mercantiles tendrán la opción de prestar o no servicios laborales durante la celebración del Día del Empleado de Comercio, con todos los efectos y alcances de la normativa N° 26.541. 

 Estos días no exigen el otorgamiento de un descanso compensatorio cuando se trabaja, sino el pago de un recargo equivalente del 100%.

Por Prensa Pura Digital

DIARIO DE VILLA LA ANGOSTURA Y REGIÓN DE LOS LAGOS. NEUQUÉN.